Incapacidades Laborales no Conllevan la Pérdida del Descanso Dominical Remunerado

Es importante tener en cuenta que las incapacidades laborales no conllevan la pérdida del descanso dominical remunerado en Colombia. Según la ley, tanto los trabajadores como los empleadores deben respetar este derecho, incluso en caso de ausentismo por razones médicas. Para ello, existen procesos y trámites en línea que facilitan la solicitud y el pago de las incapacidades, garantizando así los derechos laborales de los trabajadores.

Incapacidades Laborales no Conllevan la Pérdida del Descanso Dominical Remunerado algunas empresas no realizan este pago al trabajador si este estaba incapacitado y no trabajo la semana completa.

Todos los trabajadores deben cobrar el descanso dominical remunerado si han trabajado la semana completa aunque como en todas las cosas hay ciertas excepciones a tener en cuenta.

  • Falta al trabajo debido a una justa causa.
  • Falta al trabajo por disposición del empleador.

Lo que se entiende por causa justa es un accidente, enfermedad o la fuerza mayor. Es importante tener en cuenta estos factores a la hora de realizar o no el pago del Descanso Dominical Remunerado.


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